La Solicitud de Clave de Identificación en Argentina sirve para Brindar una «Clave de Identificación» (CDI), para la apertura de cuentas bancarias o la adquisición de bienes registrables a aquellos contribuyentes que por no existir causales de índole fiscal o provisional no estén obligadas a poseer clave única de identificación tributaria (CUIT) o código único de identificación laboral (CUIL).
Procedimiento para la Solicitud de Clave de Identificación en Argentina
El procedimiento par ala Solicitud de Clave de Identificación en Argentina es el que te explicaremos a continuación.
- Representaciones diplomáticas y otras entidades: Se deberá presentar mediante el formulario de declaración jurada Nº 420/J, generado por el programa aplicativo denominado “Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas (MIPJ)”, acompañado de la documentación necesaria. El representante legal o la persona debidamente autorizada deberá remitir el formulario a través del servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos”. A fin de consultar el resultado obtenido respecto de la validación referida, el solicitante deberá ingresar (previa adhesión) al servicio con clave fiscal “ventanilla electrónical”. En el supuesto que la validación resulte observada, el sistema reflejará las inconsistencias detectadas y el solicitante deberá subsanar las mismas e ingresar una nueva solicitud, a la que se otorgará un nuevo número de transacción. Validada la solicitud, se deberá imprimir la constancia de “aceptación de trámite”.
- Una vez realizada la presentación, deberán concurrir a la dependencia que corresponda a la jurisdicción del domicilio de la sociedad o del representante de la misma, según se trate de entidades domiciliadas en el país o en el exterior, provistos de los siguientes elementos: El formulario de declaración jurada Nº 420/J, por duplicado, el acuse de recibo de la presentación efectuada, y la impresión de la “aceptación del trámite”.
El aporte de la documentación y demás elementos requeridos para la inscripción, deberá realizarse dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de la aludida aceptación. - Personas de existencia visible y sucesiones indivisas: Se deberá presentar mediante el formulario 663 —Nuevo Modelo—, por duplicado, que se deberá presentar en la dependencia que corresponda a la jurisdicción del domicilio real del solicitante, acompañado de los documentos que se indican en el Anexo de la presente y en la forma que allí se establece. De tratarse de personas físicas no residentes en el país y de entidades constituidas fuera del territorio nacional, dicho plazo se extenderá a 30 días hábiles administrativos.
La Clave de Identificación (CDI) otorgada no será utilizable a los efectos de la identificación de los responsables, para el cumplimiento de obligaciones fiscales o previsionales.
Enlace | Solicitud de Clave de Identificación