Puedes realizar la Recategorización en el Monotributo en Argentina en caso de que no estés correctamente recategorizado.
#1: Casos en los Qué Debes Recategorizarte en el Monotributo
Para saber si tienes que recategorizarte, al finalizar cada cuatrimestre calendario tienes que calcular los siguientes factores.
- Tus ingresos acumulados, la energía eléctrica consumida,la superficie afectada a la actividad en ese momento, los alquileres devengados en los doce meses inmediatos anteriores (en caso de que corresponda)
Si estos parámetros continúan estando dentro de los límites de la categoría en la que te encontrabas inscripto, no tendrás que hacer ningún trámite de recategorización
Tampoco deberás hacerlo si entre el mes de inicio de la actividad y el momento de la recategorización no pasó un cuatrimestre calendario completo. De no ser así debes recategorizarte. El procedimiento para recategorizarte es el siguiente.
- Entrá al Acceso con Clave Fiscal de la AFIP e ingresá tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu Clave.
- 2. El sistema desplegará en pantalla la lista de servicios de AFIP que tenés habilitados. Seleccioná Sistema Registral. Si no tenés este servicio habilitado, consultá cómo hacerlo en el instructivo de AFIP ¿Cómo utilizar la Clave Fiscal y cómo incorporar nuevos servicios?
- 3. Una vez dentro del Sistema Registral, seleccioná la opción Registro Tributario y luego la opción Monotributo entre las desplegadas.
- 4. Ya en el servicio Monotributo, elije las siguientes opciones
- En el punto 1: Recategorización.
En el ítem 2: Ingresá tu número de CUIT
Posteriormente hacé clic el botón Generar Declaración Jurada - 5. Ingresá los datos correspondientes a tu actividad que te pide el sistema, para determinar tu nueva categoría
- 6. Por último hacé clic en el botón Enviar Formulario
- 7. El sistema te brindará la constancia de que hiciste el trámite y la credencial para que realices los pagos con la nueva categoría
Como monotributista encuadrado en las categorías: F, G, H, I, J, K o L, o revistando en calidad de empleador, estás obligado a presentar la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral ante la AFIP.
Enlace | Recategorización en el Monotributo